Artículo 20 CE Se reconocen y protegen los derechos: a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica. c) A la libertad de cátedra. d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
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#PoeticiaDiaria
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Prisión Polaca
Nueve veces repetida
Pablo González ya lleva
la prisión preventiva
sin que aporten pruebas.
Ochocientos once días
en Polonia secuestrado
porque dicen es…
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