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¿Por qué el TJUE devuelve la inmunidad a Puigdemont? El TJUE anula la retirada de inmunidad a Puigdemont por dudas de imparcialidad y deja en evidencia el suplicatorio de la Eurocámara de 2021. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha anula...

¿Por qué el TJUE devuelve la inmunidad a Puigdemont? #Puigdemont #TJUE #Eurocamara #ParlamentoEuropeo #Inmunidad #Procés #Junts #Comín #Ponsatí #Luxemburgo #DerechoEuropeo #Vox #ECR #5defebrero #felizjueves donporque.com/tjue-devuelv...

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Procès de la Famille missionnaire de Notre-Dame : quand la justice civile franchit les frontières de la vie religieuse Le procureur a requis deux ans de prison avec sursis contre le père Bernard, ainsi que la fermeture provisoire de la maison mère de la FMND
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Ça promet pour diriger la France ça hein...
"Oh j'ai payé toutes mes factures persos , ma nouvelle voiture et mes voyages au soleil avec l'argent du contribuable, je ne savais pas que c'était mal ..."
Bien, bonne défense , enfoncez-vous 🙄
#RN #Procés #ParlementEuropéen #GrosNases

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El Constitucional tumba el recurso de Ayuso contra la ley de amnistía El pleno rechaza las alegaciones de la Comunidad de Madrid después de haber hecho lo mismo con todas las impugnaciones del PP, el Supremo, varias comunidades autónomas gobernadas por el PP y tribunales territoriales contra la ley de perdón Archivo - El Gobierno de Ayuso recurrirá la ley de amnistía tras asegurar que cuenta con el aval de la abogacía autonómica El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso de la Comunidad de Madrid contra la ley de amnistía. El pleno, con el voto en contra del sector conservador, entierra las alegaciones que hizo el gobierno de Isabel Díaz Ayuso y aplica la misma doctrina que ha desestimado las impugnaciones del Partido Popular, el Tribunal Supremo y una docena de comunidades autónomas y tribunales territoriales. Se trata de uno de los últimos recursos que el tribunal de garantías tiene pendiente de estudio después de haber desestimado, en lo esencial, todos los anteriores. Isabel Díaz Ayuso fue la punta de lanza de la ofensiva contra la amnistía del PP y las comunidades autónomas donde gobierna. “Las comunidades del PP vamos a presentar un recurso de inconstitucionalidad contra la ley de amnistía”, anunció ella misma en mayo de 2024, atribuyendo la iniciativa legal a Alberto Núñez Feijóo. Una decena de territorios controlados por el partido, junto con la Castilla-La Mancha de Emiliano García-Page, presentaron impugnaciones después de que lo hicieran tanto el PP como el Tribunal Supremo. “Es una infamia”, concluyó Ayuso en el anuncio realizado desde Torrejón de Ardoz. Todos esos recursos han sido rechazados por el pleno del Constitucional en los últimos meses. La primera impugnación en fracasar fue la que interpuso el Partido Popular, que por ser la más amplia fue la que marcó el camino al resto. La mayoría progresista del pleno, tras la abstención del exministro Juan Carlos Campo y la recusación de José María Macías, rechazó la mayor parte de los argumentos y avaló el grueso de la ley de perdón, con pequeños matices sin apenas incidencia real en la aplicación de la ley. > Para cuando el Constitucional se pronunció sobre el recurso del PP los tribunales catalanes ya habían aplicado la amnistía a más de 300 casos entre activistas, políticos, manifestantes y policías nacionales. Esa primera sentencia determinó el rechazo de la cuestión de inconstitucionalidad en la que el Tribunal Supremo hablaba de “golpe de Estado”, el de varios tribunales territoriales y también el de varias comunidades autónomas gobernadas por el PP. En el caso de Aragón, el Constitucional amplió su aval a la norma y amparó también que perdonara los delitos de malversación relacionados con el procés si no existió enriquecimiento. El último rechazo del pleno ha sido el que ha recibido el recurso que interpuso el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid que preside Isabel Díaz Ayuso. Con los votos a favor de los progresistas y la ponencia de la magistrada María Luisa Segoviano, el Constitucional repite sus argumentos de sentencias anteriores para desestimar la impugnación del ejecutivo madrileño. ## La amnistía, Europa y Puigdemont El recorrido judicial de la ley de amnistía, tras el aval del Tribunal Constitucional, se acerca a dos de sus momentos más relevantes: el dictamen del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y la sentencia del Constitucional que decidirá si la malversación atribuida a Carles Puigdemont debe ser también perdonada. El pleito europeo ya superó hace unas semanas una de sus principales metas flotantes con el dictamen favorable del abogado general. Una opinión que avaló el grueso de la ley –rechazó que se trate de una “autoamnistía”– y que no es vinculante para los magistrados del TJUE, aunque siguen el criterio del abogado general en un porcentaje importante de los casos. La ramificación que afecta al futuro inmediato de Carles Puigdemont no llegará al orden del día del pleno del Constitucional hasta dentro de unos meses. Los magistrados tendrán que estudiar la alegación concreta del expresident contra la decisión del Tribunal Supremo de no amnistiar el delito de malversación que le atribuye el juez Pablo Llarena y que, en la práctica, le mantiene en búsqueda y captura y en riesgo de ser detenido si vuelve a España.
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La condena al fiscal general culmina una de las causas más polémicas de la historia del Tribunal Supremo La sentencia que inhabilita a García Ortiz por la difusión de datos de la confesión de fraude fiscal de la pareja de Ayuso ha sido dictada con varios votos en contra y llega después de una inédita división en el Supremo sobre si el caso merecía llegar a juicio El Supremo avala la ofensiva judicial de la derecha y la extrema derecha contra el fiscal general La condena del fiscal general del Estado por la difusión de datos del fraude fiscal de la pareja de Isabel Díaz Ayuso se ha transformado, incluso antes de ser redactada, en una de las sentencias más relevantes de la historia del Tribunal Supremo. Pero también en una de las que más polémica han generado dentro de la Sala de lo Penal: los dos votos particulares de las magistradas que apuestan por la absolución se suman a la inédita falta de unanimidad en la decisión de mandar a juicio a Álvaro García Ortiz. Una fractura que el Supremo siempre busca evitar en sus grandes decisiones y que pone a la Sala de lo Penal en el espejo de la denostada fragmentación del Tribunal Constitucional en asuntos relevantes. Los factores inusuales arrancaron hace un año y un mes, cuando la sala admitió la exposición razonada llegada del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) y aceptó investigar a García Ortiz. El documento llegado desde el otro lado de la calle General Castaños de Madrid que separa ambos tribunales apuntaba en una dirección: la Fiscalía había revelado datos confidenciales de la confesión de Alberto González Amador, pareja de Ayuso, y había que investigar quién era el máximo responsable del comunicado. Por aquel entonces, el fiscal general ya había dicho públicamente que él era la persona que buscaban. La admisión a trámite de exposiciones razonadas contra aforados no es algo extraño en el Tribunal Supremo, aunque la mayor parte se rechazan. Tampoco lo es que, tal y como establecen las normas de reparto, esos mismos cinco magistrados sean los que meses después juzguen el caso. Lo que es menos habitual es que en esa admisión se cambie el foco de la investigación: la nota de la Fiscalía, dijo entonces el Supremo, no tenía “información indebidamente revelada”, pero había que investigar cómo esa confesión había llegado a la prensa la noche anterior. Esa misma semana los mismos jueces rechazaron imputar a la ministra María Jesús Montero por hacer declaraciones de la causa de la pareja de Ayuso porque, para entonces, esos datos ya circulaban por las redacciones y eran conocidos por los medios y la opinión pública. “No sabemos de lo que nos estamos defendiendo, si de la nota o del correo”, fue el alegato final de José Ignacio Ocio, abogado del Estado que ha defendido a García Ortiz en todo el proceso y que refleja cómo la instrucción de Ángel Hurtado, ahora avalada por la condena del fiscal general, también tuvo episodios poco habituales en la trayectoria de la Sala de lo Penal. No es poco frecuente que el tribunal conocido como la Sala de Apelaciones –tres magistrados designados para supervisar una investigación– corrija a uno de sus compañeros mientras lleva la causa, aunque lo normal en el Supremo es que avalen la mayor parte de sus decisiones y lo hagan de forma unánime. En la causa contra el fiscal general, esa sala se rompió en el momento clave del caso: cuando Hurtado dio por terminada la investigación y decidió enviarla a juicio. ## Un voto particular inédito El pase a procedimiento abreviado es el momento más relevante de una causa penal: cuando el instructor termina de investigar y decide si el caso se archiva o se juzga. Y muy pocas veces la Sala de Apelaciones del Supremo ha corregido a un instructor en ese punto crítico de unas diligencias. Lo hizo, por ejemplo, cuando este año revocó el archivo de la causa por denuncia falsa contra el senador Pedro Sanginés (Coalición Canaria). Pero en el Tribunal Supremo no recuerdan que una decisión de este calado, confirmando o revocando un procesamiento, haya sido tomada sin la unanimidad de los tres jueces. Es lo que sucedió a finales del pasado julio cuando la Sala de Apelaciones se dividió para confirmar, con matices relevantes, el procesamiento de García Ortiz. Los tres magistrados fueron unánimes al dejar fuera del juicio por falta de pruebas a la fiscal de Madrid, Pilar Rodríguez, y al borrar las afirmaciones sin pruebas con las que Hurtado acusaba al fiscal general de actuar siguiendo “indicaciones” de la Moncloa. Pero la sala de tres se partió para lo más relevante: si el caso entero debía juzgarse o archivarse. Andrés Palomo, considerado de perfil conservador y uno de los magistrados que juzgó y sentenció el procés, era el ponente original de la decisión. Y planteó una bomba a sus compañeros Julián Sánchez Melgar y Eduardo de Porres: archivar la causa contra el fiscal general y que ni siquiera llegara a juicio. Su argumento era que cuando el correo llegó a manos de García Ortiz ya “había sido filtrado”. Y Hurtado le había enviado al banquillo a pesar de la “escasez, debilidad e insuficiencia de indicios de la filtración”. También argumentó que la nota de la Fiscalía sobre el caso no era un delito, sino un “desmentido”. La inusual división interna de la Sala de Apelaciones, compuesta por tres magistrados de la Sala de lo Penal, ha dado paso a otra división más habitual e igualmente relevante: la del tribunal de siete magistrados que ha juzgado y sentenciado el caso. Aquí también había una ponencia minoritaria que apostaba por exonerar al fiscal general y también ha habido una mayoría conservadora que ha impuesto, en este caso, una condena. Y aquí, como ya es cada vez más habitual en los casos más relevantes del Supremo, tampoco ha habido unanimidad. ## Del procés al fiscal general, pasando por los ERE La sentencia del procés fue la meta judicial de un proceso histórico a muchos niveles. Por las condenas, por el juicio y por los efectos que, a día de hoy, siguen retumbando en la política y los tribunales. Pero a nivel de consumo interno judicial un aspecto prevalece por encima del resto: que las condenas por sedición, malversación y desobediencia fueron dictadas por unanimidad de magistrados progresistas y conservadores en la Sala de lo Penal. Esa unanimidad fue la que encumbró a Manuel Marchena ante la opinión pública. Después de que su nombre fuera manoseado por los partidos políticos como posible presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), su gestión del juicio y de la sentencia –cuyo fallo fue filtrado antes de que se notificara la sentencia– le convirtieron en la cara más admirada de la judicatura. Esa unanimidad, con el paso de los años, ha sido esgrimida por jueces y políticos como la gran diferencia entre el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional. Unanimidad para asuntos de máxima relevancia en el primero frente al denostado “7-4” en las votaciones del segundo. Lo cierto es que el “5-2” del caso del fiscal general –la mayoría de cinco conservadores que apuesta por la condena frente a las dos progresistas que pedían la absolución– se ha extendido en algunas de las decisiones más relevantes del Supremo en los últimos años y con una foto muy parecida en todas: progresistas que se quedan en minoría defendiendo absoluciones o reducciones de condena. Susana Polo y Ana Ferrer, las dos magistradas que preparan sus votos particulares en contra de la condena del fiscal general, son las protagonistas habituales de esa minoría judicial del Supremo. Los antecedentes son variados y permiten dar por olvidada la unanimidad del procés con la que el Supremo se oponía al Constitucional. Ferrer y Polo son las mismas magistradas que se quedaron solas en su petición de eliminar la condena de cárcel de José Antonio Griñán por los ERE de Andalucía. Polo, junto con Javier Hernández, también se quedó en minoría cuando aseguró que Alberto Rodríguez, exdiputado de Podemos, estaba siendo condenado sin pruebas por patear a un policía. Ferrer fue la primera mujer en entrar en la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y hace unos meses se postuló como candidata a suceder a Manuel Marchena y ser también la primera mujer en presidir ese departamento clave. Ella misma se retiró de la contienda cuando el sector conservador del CGPJ aplicó su tradicional bloqueo para imponer, de facto, la presidencia de Andrés Martínez Arrieta, ponente de la sentencia que condena al fiscal general y que tomó posesión del cargo escoltado por el saliente Marchena. Fue la única magistrada que llevó la contraria a sus compañeros cuando decidieron no amnistiar el delito de malversación que se atribuye a Carles Puigdemont y que, en la práctica, le mantiene en búsqueda y captura y en peligro de ser arrestado si vuelve a España. Aquella fue la primera fractura interna de la Sala de lo Penal en lo tocante al procés. Se trata de una magistrada cuya trayectoria no levantaba sino elogios en el Tribunal Supremo y el CGPJ hasta que llegó el momento de ser elegida para un puesto de responsabilidad, momento en que fue señalada como próxima al Ejecutivo para justificar el enésimo bloqueo conservador al ascenso de una jueza progresista. ## La Fiscalía y la Abogacía, contra el Supremo Polo y Ferrer supieron que se habían quedado solas defendiendo la absolución del fiscal general incluso antes de que acabara el juicio. Las deliberaciones previas y posteriores al “visto para sentencia” del 13 de noviembre dejaron claro que la mayoría conservadora del tribunal apostaba por una condena cuyos detalles todavía son desconocidos. La velocidad en difundir el fallo dibuja esa clara división entre bloques, pero sin que sea un movimiento inédito. Por ejemplo, el fallo que condenó a 'la manada' de Pamplona por violación se difundió horas después de que terminara la vista. El fallo difundido por el Supremo para evitar las filtraciones que en 2019 mancharon la sentencia del procés también sella otro factor tan legal como anómalo en este caso: la distancia insalvable entre las decisiones de los jueces y el criterio de la Fiscalía y la Abogacía del Estado. Después de oponerse sin éxito a todas las decisiones del juez Hurtado, el Ministerio Público y la defensa del fiscal general se han encontrado con un fallo que, si bien no acoge todas las pretensiones de González Amador –llegó a pedir una indemnización de 300.000 euros y cuatro años de cárcel–, sí tira por tierra sus peticiones de nulidad y absolución. Ninguna norma, escrita o sin escribir, vincula las decisiones judiciales al criterio de la Fiscalía, pero las estadísticas demuestran que suelen ir alineadas. En 2024, por ejemplo, la sala segunda del Supremo estimó el 86% de los recursos que presentó la Fiscalía. La causa contra el fiscal general abandonará en las próximas semanas el Tribunal Supremo para poner rumbo al Tribunal Constitucional. García Ortiz, para entonces previsiblemente fuera del cargo, tendrá que esperar a que se notifique la sentencia completa para interponer un incidente de nulidad –con pocas perspectivas de éxito– antes de ir en amparo al Constitucional. Un tribunal donde los votos particulares de Ferrer y Polo –sucedió en los ERE y en el caso de Alberto Rodríguez– han tenido más recorrido que las sentencias condenatorias de sus compañeros.
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con condenas desproporcionadas que criminalizaron un proyecto político y dejaron en evidencia la instrumentalización de la justicia para fines políticos. #Procés La contundencia y el celo aplicados entonces dejaron perplejos a observadores internacionales y mostraron el verdadero rostro de (13/20)

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El procés en Europa: una de cal y otra de arena, por Germán Teruel En las últimas semanas en Estrasburgo y en Luxemburgo hemos conocido dos decisiones de relevancia sobre las secuelas jurídicas del procés.

⚖️Las dos decisiones de relevancia sobre las secuelas jurídicas del #procés que hemos conocido desde Europa.

Lo analiza Germán Teruel en el #BlogHayDerecho 👇

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¿Qué cambia hoy con el dictamen europeo sobre la amnistía? El abogado general respalda la amnistía en malversación y terrorismo y cuestiona el plazo de dos meses; impacto en CDR y Tribunal de Cuentas. El pronunciamiento del abogado general del Tribunal de Jus...

¿Qué cambia hoy con el dictamen europeo sobre la amnistía? #Amnistía #TJUE #España #Cataluña #CDR #Malversación #Terrorismo #TribunalDeCuentas #AudienciaNacional #Luxemburgo #PolíticaEspaña #Procés #13denoviembre #felizjueves donporque.com/dictamen-eur...

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El tribunal de Estrasburgo avala al Supremo y respalda la prisión preventiva de los independentistas en el caso procés El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) descarta que el encarcelamiento ordenado por el juez Llarena antes del juicio vulnerara los derechos políticos de Turull, Junqueras y Sànchez ¿Vulneró el Supremo los derechos de los independentistas? Examen al caso procés con vistas a Estrasburgo Estrasburgo respalda al Tribunal Supremo en la causa del procés. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha desestimado las primeras demandas de los independentistas contra la actuación del magistrado Pablo Llarena en la investigación de la causa que terminó en una histórica condena por sedición. Los jueces europeos han rechazado que la prisión preventiva vulnerara los derechos políticos de Jordi Sànchez y Jordi Turull (Junts) y Oriol Junqueras (ERC). En una contundente sentencia contra las tesis soberanistas, el TEDH descarta que la ideología independentista de los políticos fuera “el motivo” de su prisión preventiva. La medida, agregan los togados europeos, no fue “arbitraria ni desproporcionada” al tener en cuenta “la gravedad de los delitos” a los que se enfrentaron los soberanistas en 2017 “y la vulneración de los valores fundamentales del Estado de Derecho que entrañaban” los tipos penales de rebelión y sedición. A la espera de que el TEDH resuelva la demanda principal de los independentistas contra la causa del Supremo, la resolución de este jueves era la primera en la que Estrasburgo dirimía dos de las grandes controversias del caso procés: la prisión preventiva decretada por el magistrado Pablo Llarena y su incidencia en los derechos políticos de los soberanistas. La resolución supone un espaldarazo total al Tribunal Supremo y una decepción para los independentistas, que confiaban en que el TEDH acogiera sus denuncias de vulneración de derechos fundamentales que una mayoría de jueces del Supremo y el Constitucional han desestimado. Tras una etapa en los que las demandas con alto contenido político tenían números para ser estimadas, el TEDH ha elevado en los últimos años su confianza en los tribunales nacionales. Así ha ocurrido también en la primera resolución relevante del caso procés. Los magistrados de Estrasburgo respaldan que tanto el Supremo como el Constitucional consideraron “en decisiones motivadas” que no había otra medida posible que la prisión preventiva para evitar los riesgos de reiteración delictiva o de fuga de los independentistas. Las vulneraciones de derechos que denunciaban Junqueras, Sànchez y Turull versaban sobre su elección como diputados del Parlament en 2017 y la negativa del juez a dejarles salir de la cárcel para ejercer como parlamentarios. En el caso de los entonces diputados electos de Junts, además, la negativa se extendió a la asistencia a su debate de investidura. En el primer trimestre de 2018, el juez Llarena rechazó excarcelar a Sànchez para que pudiera someterse a la investidura en el Parlament. También denegó dejar libre a Turull para su segunda sesión de investidura después de que en la primera no obtuviera los apoyos necesarios para ser president. Entre ambas sesiones, el juez procesó a Turull por rebelión y ordenó su ingreso en prisión el 23 de marzo. Más allá de remarcar que la prisión preventiva tuvo un carácter “provisional” y que la prisión preventiva no pudo resultar “sorprendente” a los electores de Junqueras (porque ya estaba encarcelado cuando se votó en diciembre de 2017), Estrasburgo también se adentra en valoraciones sobre el papel de los jueces en el procés para avalar la actuación del Supremo. Recuerdan los magistrados europeos que los jueces del Alto Tribunal enmarcaron la actuación de los independentistas en “una amenaza para la esencia misma de un Estado democrático”, y que los tribunales nacionales subrayaron que el objetivo de los independentistas “era declarar la secesión de una parte del territorio español por medios contrarios a la ley y previamente declarados inconstitucionales por el Tribunal Constitucional”. El Supremo y el Constitucional, concluye el TEDH, “ponderaron los diversos intereses en juego de una manera que no puede calificarse de arbitraria y sin menoscabar la libertad de expresión de la opinión pública”. El encarcelamiento de los tres diputados electos, insiste el tribunal, “no fue incompatible con la esencia misma del derecho a ser elegido y a ejercer el mandato parlamentario”. En el caso de Junqueras, Turull y Sànchez, magistrados progresistas del Constitucional formularon votos particulares en contra de la opinión mayoritaria de confirmar la prisión preventiva. Los magistrados Fernando Valdés Dal-Ré, María Luisa Balaguer y Juan Antonio Xiol sí consideraron que el Supremo vulneró los derechos de participación política de Turull y Sànchez al impedirles optar a la votación de investidura. Por el contrario, el TEDH, por unanimidad, avala que tanto la cárcel preventiva como las demás medidas que restringieron los derechos políticos de Junqueras, Sànchez y Turull “se basaron en el Derecho y se justificaron”. Es más, en una réplica directa a las tesis soberanistas, Estrasburgo concluye que el objetivo de prevenir la comisión de actos contrarios al orden constitucional (uno de los fundamentos de la prisión preventiva en el caso procés) “no puede considerarse 'político' en el sentido que le otorgan los solicitantes”, estos son, los independentistas. El contexto político español de 2017 y 2018, apostilla Estrasburgo, “no puede, por sí solo, probar que la finalidad” de la prisión preventiva fuera “obstaculizar” la participación en la vida política de Junqueras, Sànchez y Turull. Todo lo contrario: los jueces europeos respaldan que la medida buscaba “garantizar su comparecencia ante la Justicia”.
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El Constitucional admite a trámite el recurso con el que Puigdemont pide ser amnistiado y poder volver a España El pleno acepta estudiar las alegaciones del expresident y los exconsellers Comín y Puig contra la negativa del Tribunal Supremo a perdonar el delito de malversación por el que están en búsqueda y captura El Constitucional rechazará el recurso del Supremo contra la amnistía en el que denunciaba un “golpe de Estado” El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso con el que Carles Puigdemont pide que se amnistíe el delito de malversación por el que sigue en búsqueda y captura y que, en la práctica, le impide volver a España sin arriesgarse a ser detenido. El pleno, con el voto en contra de cuatro magistrados del sector conservador, acepta estudiar durante los próximos meses la negativa del Tribunal Supremo a perdonar este delito alegando que la malversación del procés sí supuso un enriquecimiento para Puigdemont y sus exconsellers Toni Comín y Lluís Puig. El tribunal entiende que en estos recursos existe una “especial trascendencia constitucional” que avala su admisión a trámite “porque el asunto suscitado trasciende del caso concreto y porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales”. Los magistrados rechazan la petición de medidas urgentes de estos recursos, que pedían que se amnistiara la malversación de forma cautelarísima. La ley de amnistía, que desde su entrada en vigor hace más de un año ha beneficiado a más de 300 personas entre activistas, policías y políticos, recibió el aval del Constitucional hace unos meses, cuando la mayoría progresista del pleno rechazó de forma casi íntegra el recurso del PP. Este nuevo recurso de Puigdemont y sus dos exconsellers ataca la negativa del Supremo a amnistiar el delito de malversación que les atribuye desde 2017 el juez Pablo Llarena. En la práctica, esta imputación es la que impide que Puigdemont pueda regresar a España sin arriesgarse a ser arrestado por orden del Tribunal Supremo, una de las principales reivindicaciones del independentismo a la hora de negociar esta norma. La Sala de lo Penal entendió que el hecho de que los líderes del procés usaran medios públicos para organizar el referéndum independentista de 2017 implicaba que no habían tenido que ponerlo de su bolsillo y, por tanto, había constituido un enriquecimiento ilícito que no perdona la ley de amnistía. La admisión a trámite ubica una posible decisión del Constitucional sobre el caso de Puigdemont dentro de varios meses. El Supremo, que además de rechazar la amnistía para la malversación del procés impugnó la propia ley ante el Constitucional, no fue unánime en este criterio: la magistrada Ana Ferrer votó a favor de amnistiar la malversación y la Fiscalía y la Abogacía del Estado también se pronunciaron en sentido contrario. El pleno del tribunal de garantías analiza esta semana varios aspectos relacionados con la amnistía después de rechazar el recurso del PP y avalar la norma en sus líneas fundamentales. Los magistrados tienen previsto rechazar las impugnaciones presentadas por el gobierno de Aragón y por el propio Tribunal Supremo.
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El Constitucional admite a trámite el recurso con el que Puigdemont pide ser amnistiado y poder volver a España El pleno acepta estudiar las alegaciones del expresident y los exconsellers Comín y Puig contra la negativa del Tribunal Supremo a perdonar el delito de malversación por el que están en búsqueda y captura El Constitucional rechazará el recurso del Supremo contra la amnistía en el que denunciaba un “golpe de Estado” El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso con el que Carles Puigdemont pide que se amnistíe el delito de malversación por el que sigue en búsqueda y captura y que, en la práctica, le impide volver a España sin arriesgarse a ser detenido. El pleno, con el voto en contra de cuatro magistrados del sector conservador, acepta estudiar durante los próximos meses la negativa del Tribunal Supremo a perdonar este delito alegando que la malversación del procés sí supuso un enriquecimiento para Puigdemont y sus exconsellers Toni Comín y Lluís Puig. El tribunal entiende que en estos recursos existe una “especial trascendencia constitucional” que avala su admisión a trámite “porque el asunto suscitado trasciende del caso concreto y porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales”. Los magistrados rechazan la petición de medidas urgentes de estos recursos, que pedían que se amnistiara la malversación de forma cautelarísima. La ley de amnistía, que desde su entrada en vigor hace más de un año ha beneficiado a más de 300 personas entre activistas, policías y políticos, recibió el aval del Constitucional hace unos meses, cuando la mayoría progresista del pleno rechazó de forma casi íntegra el recurso del PP. Este nuevo recurso de Puigdemont y sus dos exconsellers ataca la negativa del Supremo a amnistiar el delito de malversación que les atribuye desde 2017 el juez Pablo Llarena. En la práctica, esta imputación es la que impide que Puigdemont pueda regresar a España sin arriesgarse a ser arrestado por orden del Tribunal Supremo, una de las principales reivindicaciones del independentismo a la hora de negociar esta norma. La Sala de lo Penal entendió que el hecho de que los líderes del procés usaran medios públicos para organizar el referéndum independentista de 2017 implicaba que no habían tenido que ponerlo de su bolsillo y, por tanto, había constituido un enriquecimiento ilícito que no perdona la ley de amnistía. La admisión a trámite ubica una posible decisión del Constitucional sobre el caso de Puigdemont dentro de varios meses. El Supremo, que además de rechazar la amnistía para la malversación del procés impugnó la propia ley ante el Constitucional, no fue unánime en este criterio: la magistrada Ana Ferrer votó a favor de amnistiar la malversación y la Fiscalía y la Abogacía del Estado también se pronunciaron en sentido contrario. El pleno del tribunal de garantías analiza esta semana varios aspectos relacionados con la amnistía después de rechazar el recurso del PP y avalar la norma en sus líneas fundamentales. Los magistrados tienen previsto rechazar las impugnaciones presentadas por el gobierno de Aragón y por el propio Tribunal Supremo.
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Affaire Becciu : un procès en appel décisif entre justice et soupçons de manipulation Le Vatican vit à nouveau des heures décisives avec l’ouverture, ce 22 septembre, du procès en appel du cardinal Angelo Becciu, condamné en décembre 2023 à cinq ans et demi de prison pour détournement de fonds...
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Víctor Terradellas se lleva los secretos del 'procés' a la tumba - El Triangle La muerte de Víctor Terradellas, exresponsable de relaciones internacionales de Convergència Democràtica de Catalunya (CDC), ha dejado al independentismo

🟡 Víctor Terradellas se lleva los secretos del #procés a la tumba

www.eltriangle.eu/es/2025/09/1...

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Víctor Terradellas s'emporta els secrets del procés a la tomba - El Triangle La mort de Víctor Terradellas, exresponsable de relacions internacionals de Convergència Democràtica de Catalunya (CDC), ha deixat l'independentisme orfe

🟡 Víctor Terradellas s’emporta els secrets del #procés a la tomba

www.eltriangle.eu/2025/09/13/v...

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🔥 ¡Golpe desde Europa! ⚖️ El TJUE puede tumbar la amnistía
🔥 ¡Golpe desde Europa! ⚖️ El TJUE puede tumbar la amnistía YouTube video by TENERIFEWEEK

🔥 ¡Golpe desde Europa! ⚖️ El TJUE puede tumbar la amnistía #Amnistía #TJUE #Puigdemont #Sánchez #LeyDeAmnistía #Constitucional #EuropaDecide #Malversación #Terrorismo #Autoamnistía #CDR #JusticiaEuropea #Cataluña #Procés #EspañaUE youtu.be/GDmzuDxi9sE

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🔁 ¡Sánchez TRAICIONA A SU SOCIO DE ULTRADERECHA PUIGDEMONT; reactva delito que borró para Junts! 😮
🔁 ¡Sánchez TRAICIONA A SU SOCIO DE ULTRADERECHA PUIGDEMONT; reactva delito que borró para Junts! 😮 YouTube video by TENERIFEWEEK

🔁 ¡Sánchez ENGAÑA Y TRAICIONA A SU SOCIO DE ULTRADERECHA PUIGDEMONT; reactva delito que borró para Junts! 😮 #PedroSánchez #CorrupciónPSOE #CódigoPenal #Malversación #Procés #Junts #Cataluña #PolíticaEspaña #LeyAmnistía #NoticiasEspaña youtu.be/AfFTFaZoCCo

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Un Tribunal Constitucional dividido avala definitivamente la ley de Amnistía La amnistía ha quedado definitivamente avalada por seis votos frente a cuatro. La mayoría progresista ha sacado adelante la sentencia frente a los conservadores, que se

La sentencia advierte que la #amnistía es un instrumento para resolver “circunstancias excepcionales” como fue la “crisis constitucional” vivida por el #procés

Un Tribunal Constitucional dividido avala definitivamente la ley de Amnistía www.lavanguardia.com/politica/202...

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⚖️ ¿AMNISTÍA o INTERCAMBIO de VOTOS? 💥 Magistrados del TC lo DENUNCIAN TODO 😱
⚖️ ¿AMNISTÍA o INTERCAMBIO de VOTOS? 💥 Magistrados del TC lo DENUNCIAN TODO 😱 YouTube video by TENERIFEWEEK

⚖️ ¿AMNISTÍA o INTERCAMBIO de VOTOS? 💥 Magistrados del TC lo DENUNCIAN TODO 😱 #LeyDeAmnistía #TribunalConstitucional #PedroSánchez #VotosPorImpunidad #Procés #CésarTolosa #EnriqueArnaldo #Amnistía2024 #EstadoDeDerecho youtu.be/hzn45XdO-xo

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El Constitucional rechaza el recurso del PP y avala la ley de amnistía El pleno del tribunal de garantías, con los votos a favor de la mayoría de seis magistrados progresistas y con los cuatro conservadores en contra, desestima casi todas las alegaciones del PP y da luz verde al grueso de la ley de perdón, una decisión que no afecta a los casos de Carles Puigdemont y Oriol Junqueras Un Constitucional dividido aborda la amnistía con una ponencia que avala los puntos principales de la ley El Tribunal Constitucional avala la ley de amnistía. El pleno del tribunal de garantías, tras varios días de deliberaciones, ha rechazado el recurso que presentó el Partido Popular contra la norma de perdón del procés con los seis votos favorables del sector progresista y cuatro en contra de los conservadores. Un borrador ahora aprobado que ponía pequeñas pegas a la amnistía, sobre todo que perdonara delitos consumados después de noviembre de 2023, pero que da luz verde al grueso de la ley al entender que es compatible con la Constitución, que su tramitación parlamentaria fue correcta y que no es un indulto general. El tribunal puso en marcha las deliberaciones este lunes y empezó a debatir sobre el recurso del PP después de negarse a enviar el caso a Europa a través de una cuestión prejudicial. La votación ha dado luz verde a la ley, que hasta la fecha se ha aplicado a más de 300 personas implicadas en causas judiciales relacionadas con el procés, y ha evidenciado la profunda división entre la mayoría progresista que ha sacado adelante la sentencia frente a la minoría conservadora que se ha opuesto de manera contundente al borrador de Inmaculada Montalbán. La sentencia que será pública en los próximos días pone tres pegas de escasa trascendencia a la norma. Que perdonara los delitos relacionados con el procés consumados después de noviembre de 2023, lo que según el Constitucional permitiría “seguir desarrollando en lo sucesivo, sin sufrir sanción alguna, un comportamiento criminal ya iniciado”. También que amplíe la amnistía a los policías implicados en disturbios del referéndum o de las manifestaciones de 2019, pero no a particulares u otros empleados públicos. “Por ejemplo, al director de un colegio que pudo realizar un acto ilícito excediéndose con ocasión de su negativa al uso del centro docente que dirige en una consulta secesionista”, decía la ponencia con un ejemplo que no se ha dado en los tribunales. La tercera y última estimación del recurso del PP obliga a dar audiencia a todas las partes implicadas en las causas contables tramitadas en el Tribunal de Cuentas en torno al procés. El resto, una ponencia de casi 200 folios planteados por la vicepresidenta Inmaculada Montalbán, avala el encaje de esta norma con la Constitución: no genera desigualdad, no es arbitraria, no invade ni sustituye el trabajo de los jueces y no es un indulto general prohibido en España. Los cuatro magistrados conservadores del pleno han anunciado votos particulares contrarios a la sentencia mayoritaria. Uno de ellos, Ricardo Enríquez, entiende que la Constitución española no permite crear una amnistía. También que en este caso la norma es “arbitraria” porque su “verdadera finalidad” era “obtener el apoyo de los siete diputados de Junts en la sesión de investidura del Presidente del Gobierno”. ## Una amnistía con “justificación objetiva y razonable” La ley de amnistía, dice la ponencia aprobada por la mayoría progresista del Constitucional, no es una decisión atribitraria sino que cuenta con una “justificación objetiva y razonable”. “La finalidad del legislador de favorecer la reconciliación y conseguir, con ello, que el conflicto político subyacente se encauce a través del diálogo no pueda reputarse ilegítima”, añade ese borrador que rechazaba entrar en las consideraciones políticas del PP sobre si la amnistía fue la moneda de cambio para que Junts apoyara la investidura de Pedro Sánchez en 2023: “Los motivos o intenciones de quienes promovieron la aprobación de esta ley orgánica es una cuestión ajena a lo jurídico”. Desde su entrada en vigor los juzgados y tribunales que han sentenciado o investigado casos relacionados con el procés han amnistiado a más de 300 personas. Sobre todo manifestantes y policías involucrados en altercados y disturbios en el 1-O y manifestaciones contra la sentencia del procés pero también a cargos públicos encausados y condenados por promover el referéndum de 2017 usando recursos públicos. Esta sentencia del Constitucional avala la legalidad de la amnistía pero no condiciona la aplicación que tienen que hacer los jueces en los casos de mayor relevancia política: la malversación atribuida a Oriol Junqueras o Carles Puigdemont. En el caso del líder de ERC, su condena de inhabilitación por ese delito –la de cárcel fue indultada– le mantiene apartado de cualquier cargo público hasta 2031. En el caso del expresident catalán, la imputación que pesa sobre él le mantiene en búsqueda y captura por parte del juez Pablo Llarena. Hasta el momento el Tribunal Supremo, tanto Llarena como la Sala de lo Penal, se ha negado a amnistiar este delito y los líderes políticos independentistas tendrán que esperar a que el Constitucional resuelva cada uno de sus recursos individuales.
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El PP presenta una ley para evitar el traspaso a Cataluña de los interventores municipales, que fueron dique en el 'procés' Los populares responden al acuerdo entre Sánchez y Junts para transferir a los interventores: son "esenciales" para garantizar "la legalidad y la transparencia". Más información: Feijóo y Abascal cele...

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en las #investigaciones del #Procés y su "veracidad", no puedo evitar dudar de según qué #informes o #grabaciones proporcionadas por la #UCO
La podredumbre está extendida en todos los ámbitos públicos.
Nadie se libra en esta lucha por el "poder total".
Recordad: el poder, parece implicar "sobres"

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🚨💥¿Amnistía o trueque político? El Constitucional lo bendice
🚨💥¿Amnistía o trueque político? El Constitucional lo bendice YouTube video by TENERIFEWEEK

🚨💥¿Amnistía o trueque político? El Constitucional lo bendice #Amnistía #PedroSánchez #TribunalConstitucional #PP #Cataluña #Procés #LeyDeAmnistía #Feijóo #España #PolíticaEspañola youtu.be/iQ8h0BIJMAU

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La aplaudida parodia de Polònia sobre el libro del juez Marchena contra Sánchez La aplaudida parodia de Polònia sobre el libro del juez Marchena contra Sánchez

🔴La aplaudida parodia de #Polònia sobre el libro del #JuezMarchena contra #Sánchez

El juez del #Procés ha sido protagonista del programa de esta semana

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#StopFascismo⛔️
#NoPasarán🤚🏼

📲Vídeo..👇🏼

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Infanticide de Mûrs-Erigné : le père mis en examen et placé en détention provisoire Le père suspecté du meurtre de sa fille, et interné un temps en psychiatrie, avait été placé en garde à vue lundi. Il a été mis en examen pour meurtre sur mineur de 15 ans et placé en détention provis...

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#procés

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El Senado rechazará el traspaso a Cataluña y País Vasco de los interventores municipales, que actuaron de dique en el 'procés' La portavoz del PP, Alicia García, denuncia que se están debilitando los mecanismos de control: "El Estado no es de Sánchez, es de los españoles". Más información: El Gobierno retira a Andalucía ...

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LA INDEPENDÈNCIA ÉS MASSA IMPORTANT PER DEIXAR-LA EN MANS DELS POLÍTICS ❗❗❗

No apte per a pellfinetes, si et sents al·ludit/da tens dos problemes❗❗❗

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El TEDH avala la actuación del Tribunal Constitucional español en el ‘procés’ independentista catalán El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha emitido un fallo que respalda las decisiones del Tribunal Constitucional (TC) de España durante el ‘procés’ independentista en Cataluña.

El TEDH avala la actuación del Tribunal Constitucional español en el 'procés' independentista catalán killbait.com/es/el-tedh-a... #política #tedh #tribunalconstitucional #procés

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📢 El 2017 vam creure en la independència, el 2025 sabem que era teatre. 🎭
🔍 Reflexió sobre el Procés, els seus líders i les lliçons apreses.
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